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Exención del IMVTM por minusvalía

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Descripción del trámite:

Trámite por el cual se puede solicitar la exención del pago del impuesto sobre vehículos matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo.
La exención se aplicará en tanto se mantenga la circunstancia de minusvalía.


Peticiones más comunes:

Exención de impuestos.<br>

Clasificación telemática:

Tributos y sanciones.

¿Quién puede solicitarlo?

<ul><li>Todo titular de vehículos con condición legal de minusvalía en grado igual o superior al 33%. </li><li>El representante de los anteriores interesados. </li></ul>

¿Cuándo se puede solicitar?

Durante todo el año. Con carácter general, el efecto de la concesión de la exención comienza a partir del ejercicio siguiente a la fecha de la solicitud y no tiene carácter retroactivo.

Documentación a aportar:

<br>

Con carácter obligatorio: 
  • ">Instancia de solicitud. Exención de IMVTM por minusvalía (pdf)
  • Fotocopia Compulsada del D.N.I. / N.I.E. o Pasaporte.</li><li>Fotocopia Compulsada de la Certificación de Minusvalía superior al 33%. </li><li>Fotocopia Compulsada de la Ficha Técnica del Vehículo. </li><li>Fotocopia Compulsada del Permiso de Circulación del Vehículo. </li><li>Declaración responsable de uso exclusivo del vehículo para minusválido, tanto si es conducido por el mismo, como destinado a su transporte y conducido por terceros distintos.</li><li>Acuerdo de J. G. L., notificando la exención del vehículo anterior. </li></ul>




Canales de solicitud:

Presencialmente, en la Oficina de Atención al Ciudadano de Albox:
Calle Rosario, 27
Teléfono:  950 120 908 / Fax:  950 120 300
Horario: De lunes a viernes, de 08:30 a 14:30 horas<br>

</br>

Documentación que entregará el ayuntamiento:

<ul><li>En el momento de la presentación de la solicitud en la OAC, copia de la instancia de solicitud.</li><li>
Correo certificado con la notificación del acuerdo de la Junta de Gobierno Local. </li></ul>


Legislación aplicable:

  • ">Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
  • ">Modificación BOP 5 DICIEMBRE 2007.
  • ">Modificación BOP 12 JULIO 2010.
  • </ul>

Precio:

Gratuito.



Recursos que se pueden interponer:

Recurso Potestativo de Reposición, en el plazo de un mes ante el órgano que dictó el mismo, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, y del Procedimiento Administrativo Común, o en el plazo de dos meses el Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 8 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, así como cualquier otro que estime oportuno interponer. </br>

Trámites relacionados:

<a href="http://www.albox.es/Servicios/Informacion/informacion.nsf/lecturacss?ReadForm&id=04006&nv=Informacion&tipo=doc&r=006-SE-OAC-046">Cambio de exención del IMVTM por minusvalía</a></br>

Otra información de interés:

<ul><li>Es requisito que el vehículo esté censando en el municipio de Albox.</li><li>No se podrá disfrutar de más de una exención por contribuyente.</li><li>Quedará en suspenso la exención en los supuestos de fallecimiento del interesado o traslado del Permiso de Circulación del vehículo a otro municipio.</li></ul>